En el caso de contratos de viajes combinados, el consumidor o usuario podrá optar por solicitar el reembolso (siempre que los proveedores de la empresa organizadora o, en su caso, minorista, hubieran reembolsado a éstos el importe de los servicios no prestados) o hacer uso del bono que le entregará el organizador o, en su caso, el minorista. Dicho bono lo podrá utilizar en el plazo de un año desde la conclusión del estado de alarma. En caso de no utilizarse durante ese periodo, el consumidor podrá ejercer el derecho de reembolso.
Temas
Ahorro y Pensiones (26)
Ciberriesgos (27)
Colaboraciones (1)
Comunidades (9)
Defensa Juridica (49)
Equo (1)
Noticias Sector asegurador (43)
PYME (14)
Responsabilidad Civil (38)
Seguro Accidentes (9)
Seguro Auto (71)
Seguro Decesos (6)
Seguro de Vida (21)
Seguro Embarcaciones (2)
Seguro Hogar (21)
Seguro Mascotas (13)
Seguro Salud (29)
Seguros Viajes (23)