El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece que los pasajeros que tienen derecho a reclamar al organizador de su viaje el reembolso de sus billetes de avión no pueden reclamar también el reembolso a la compañía aérea. La sentencia, dictada hoy, subraya que “conllevaría sobreproteger injustificadamente a los pasajeros en perjuicio del transportista aéreo”.
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